LEY ORGANICA ELECTORAL
Cumpliendo con lo dispuesto en el numeral 4 del Art. 219 de la Constitución de la República del Ecuador y en concordancia con el numeral 20 del Art. 25 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, mañana tomaremos el juramento a nuestros nuevos consejeros provinciales
¡Desde ya les damos la bienvenida!